CONTRATAS DE LIMPIEZA GRUPO ALDEA, S. L.
La Junta de Gobierno de la Comunidad Vivaragón, acordó en la reunión celebrada el pasado 15.03.2007 mandatar al Presidente General para realizar las gestiones oportunas ante Limpiezas Aldea por las quejas recibidas al considerar que, dicha empresa, no cumple con lo estipulado en el contrato suscrito el 1 de abril de 2004.
Con fecha 22 de marzo de 2007, El Presidente General mantuvo una reunión con el encargado de limpiezas Aldea dónde hubo un intercambio de opiniones.
Hoy día 10 de mayo, se reúne nuevamente el Presidente General con el encargado de limpiezas Aldea, y, para que no haya duda respecto a las opiniones de la Comunidad, a través del presente escrito, se manifiesta:
1º.- Se solicita a limpiezas Aldea informe sobre las actualizaciones que han tenido lugar en el contrato que tenemos firmado puesto que, en 3 años, ha habido un aumento de un 15,8%.
Precio abril 2004……….4.824€
Precio abril 2007……….5.585€
Ni el IPC ni los jornales contemplados en el punto 3º del contrato han subido esa cantidad en 3 años. Sin perjuicio de aclarar el incremento que se indica, en el futuro deberá informarse por escrito a la Comunidad antes de establecerse nuevas subidas y ésta deberá manifestar su conformidad.
2º.- Se solicita a limpiezas Aldea el estricto cumplimiento de las FUNCIONES Y SERVICIOS A REALIZAR especificados en el contrato y establecer un mecanismo de control para comprobar que las tareas se realizan con la periodicidad establecida. Señalaremos algunos incumplimientos:
2.1 No se efectúan la totalidad de las tareas especificadas con periodicidad diaria.
2.2 Semanalmente no se efectúa la limpieza y fregado de todos los rellanos y escaleras de la Comunidad, ni el desempolvado y limpieza de barandillas de escalera ni limpieza de pasillos de trasteros ni el barrido del garaje manualmente.
2.3 Mensualmente no se hace la limpieza de altillos de zaguán ni la limpieza de los sumideros de las zonas comunes
2.4 Bimensualmente no se realiza el barrido de las zonas comunes con máquina barredora “hombre a bordo”.
2.5 Trimestralmente no se efectúa la limpieza de todos los cristales de las escaleras. Etc. etc.
La Comunidad si que paga puntualmente 5.584,88€ mensuales, es decir 929.246 pts/mes. Vds. a cambio nos dan la prestación de 5 horas de un trabajador para cada bloque de 13 portales. Es decir 23 minutos por portal más la prestación del Sr. Conserje para toda la Comunidad en jornada partida. ¿Realmente creen Vds. que con 23 minutos por portal pueden hacerse las tareas pactadas máxime teniendo que fregar de
3º.- Se solicita a limpiezas Aldea la modificación del punto segundo del contrato en vigor, que quedará redactado de la siguiente manera:
“La duración del contrato será de un año natural, a contar desde el momento de la firma del mismo. Habiendo transcurrido mas de 3 años desde la firma del mismo, las partes acuerdan que el mismo podrá ser rescindido por cualquiera de las partes en el momento que consideren conveniente mediante comunicación fehaciente en dicho sentido realizada a la otra parte con dos meses de antelación de la pretendida resolución”.
4º.- En la fecha que se suscribió el contrato, de los 4159€ de costo mensual, 1676,82€ mensuales, un 40%, eran en concepto de conserjería y jardinería. Considerando que los gastos de jardinería no se están efectuando desde enero por razones ajenas a limpiezas Aldea y a la Comunidad, solicitamos se compense dicha cuantía de la forma que se acuerde, preferentemente con una limpieza general de los edificios.
5º.- El contrato suscrito con limpiezas Aldea le obliga a “mantener en perfecto estado de limpieza los servicios contratados” quedando en libertad la empresa para utilizar los procedimientos que estime mas adecuados, aunque ello lleve consigo una disminución de personal o tiempo. Consideramos que la reducción de personal y tiempo que se hizo no ha beneficiado a la Comunidad por las razones expuestas en el punto 2º.
6º.- Caso de no llegar a un acuerdo con limpiezas Aldea, sirva el presente escrito como comunicación fehaciente para poder rescindir el contrato en el caso de que así lo estime la Comunidad. Se solicita confirmación escrita de haber recibido esta comunicación fehaciente.
Por último señalar que, como Comunidad, deseamos reconducir esta situación y seguir contando con sus servicios siempre que exista el compromiso de cumplir lo pactado poniendo los medios y el personal necesarios.
Zaragoza, 10 de mayo de 2007
en fin, no tiene usted ni idea
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