EL PRÓXIMO MARTES, DIA 29 DE MAYO, A PARTIR DE LAS 09,00 HORAS, SE PROCEDERA AL ASPIRADO DEL GARAJE. ¡¡¡POR FAVOR!!!, SE RUEGA RETIREN LOS VEHÍCULOS PARA UNA MEJOR LIMPIEZA.
p.d.: Ejemplo de falta de colaboración
"Nunca te guies por la ley del encaje, que suele tener mucha cabida con los ignorantes que presumen de agudos". Don Quijote de la Mancha. Consejos de Don Quijote a Sancho cuando es nombrado gobernador de la ínsula. Capítulo XLII.
El pasado 1 4 de Mayo de 2007, el Procurador de los Tribunales de “VIVARAGON COOPERATIVA DE VIVIENDAS, SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA”, se dirigió mediante escrito al juzgado indicando: ((Resumen del escrito presentado))
1.- Que el pasado mes de marzo ya se presento un escrito ante el juzgado por la paralización de las obras que dieron comienzo el 9 de enero de 2007 y se paralizaron a mediados de febrero de 2007. Que tal paralización “esta generando daños en los inmuebles que forman el Conjunto Residencial Vivaragón, y puede dar lugar a accidentes”.
2.- No se tiene constancia de que el Perito designado por el Juzgado haya dado respuesta a las cuestiones que se plantearon y las obras siguen, inexplicablemente, paralizadas, ocasionando daños en los inmuebles que integran el Conjunto Residencial Vivaragón, filtraciones en distintos departamentos, con las consiguientes graves molestias para los propietarios y usuarios de los inmuebles y que se mantenga un riesgo evidente de accidentes. La paralización de las obras impide que se puedan regar los jardines y los árboles sitos en tal conjunto Residencial, lo que supone que tales jardines y árboles lleguen a secarse.
3.- Se aporta acta notarial levantada el pasado 29 de marzo dónde constan diversas fotografías que reflejan la situación del paralización en el que se hallan las obras.
4.- Se insiste para que el Juzgado ordene al perito autor del proyecto y director técnico de la ejecución de las obras que adopte con urgencia las medidas necesarias para la pronta ejecución de las mencionadas obras y para evitar que se sigan produciendo daños, perjuicios, y molestias a los propietarios y usuarios de los referidos inmuebles.
5.- Se solicitan al Juzgado que el Sr. Perito aclare una serie de extremos del proyecto de reforma, principalmente aquellas filtraciones que pudieran ser debidas a los cerramientos efectuados por la Comunidad, --y que deben ser pagados por ésta--, y las filtraciones que pudieran ser motivadas por los defectos de la construcción.
Termina el escrito con la súplica al Juzgado para que ordene al perito la ejecución de las obras y adopte con urgencia las medidas necesarias.
P.D.: Como Comunidad agradecemos a la Cooperativa la información que nos ha facilitado.


Desde la terraza de Alejandro Casona 11 se ha producido un desprendimiento de los ladrillos caravista que configuran la fachada debido al vallado existente.
Afortunadamente, no se tiene conocimiento de que se hayan producido daños personales.
Tanto Comuniter como el Presidente y Vicepresidente de la Comunidad tienen conocimiento del hecho.
El Sr. Conserje de la Comunidad ha advertido del hecho a los dueños del piso.
Confiamos se ponga remedio urgentemente porque hay mas ladrillos a punto de caer.
La zona es muy peligrosa puesto que esta encima de la puerta metálica que da acceso a la tienda de comestibles, (la tienda de “María”).
Confiamos que mañana, 11 de mayo, se hayan adoptado las medidas cautelares oportunas.
Corresponde al propietario del piso reparar el daño causado reponiendo la fachada con su estructura y materiales originales
CONTRATAS DE LIMPIEZA GRUPO ALDEA, S. L.
La Junta de Gobierno de la Comunidad Vivaragón, acordó en la reunión celebrada el pasado 15.03.2007 mandatar al Presidente General para realizar las gestiones oportunas ante Limpiezas Aldea por las quejas recibidas al considerar que, dicha empresa, no cumple con lo estipulado en el contrato suscrito el 1 de abril de 2004.
Con fecha 22 de marzo de 2007, El Presidente General mantuvo una reunión con el encargado de limpiezas Aldea dónde hubo un intercambio de opiniones.
Hoy día 10 de mayo, se reúne nuevamente el Presidente General con el encargado de limpiezas Aldea, y, para que no haya duda respecto a las opiniones de la Comunidad, a través del presente escrito, se manifiesta:
1º.- Se solicita a limpiezas Aldea informe sobre las actualizaciones que han tenido lugar en el contrato que tenemos firmado puesto que, en 3 años, ha habido un aumento de un 15,8%.
Precio abril 2004……….4.824€
Precio abril 2007……….5.585€
Ni el IPC ni los jornales contemplados en el punto 3º del contrato han subido esa cantidad en 3 años. Sin perjuicio de aclarar el incremento que se indica, en el futuro deberá informarse por escrito a la Comunidad antes de establecerse nuevas subidas y ésta deberá manifestar su conformidad.
2º.- Se solicita a limpiezas Aldea el estricto cumplimiento de las FUNCIONES Y SERVICIOS A REALIZAR especificados en el contrato y establecer un mecanismo de control para comprobar que las tareas se realizan con la periodicidad establecida. Señalaremos algunos incumplimientos:
2.1 No se efectúan la totalidad de las tareas especificadas con periodicidad diaria.
2.2 Semanalmente no se efectúa la limpieza y fregado de todos los rellanos y escaleras de la Comunidad, ni el desempolvado y limpieza de barandillas de escalera ni limpieza de pasillos de trasteros ni el barrido del garaje manualmente.
2.3 Mensualmente no se hace la limpieza de altillos de zaguán ni la limpieza de los sumideros de las zonas comunes
2.4 Bimensualmente no se realiza el barrido de las zonas comunes con máquina barredora “hombre a bordo”.
2.5 Trimestralmente no se efectúa la limpieza de todos los cristales de las escaleras. Etc. etc.
La Comunidad si que paga puntualmente 5.584,88€ mensuales, es decir 929.246 pts/mes. Vds. a cambio nos dan la prestación de 5 horas de un trabajador para cada bloque de 13 portales. Es decir 23 minutos por portal más la prestación del Sr. Conserje para toda la Comunidad en jornada partida. ¿Realmente creen Vds. que con 23 minutos por portal pueden hacerse las tareas pactadas máxime teniendo que fregar de
3º.- Se solicita a limpiezas Aldea la modificación del punto segundo del contrato en vigor, que quedará redactado de la siguiente manera:
“La duración del contrato será de un año natural, a contar desde el momento de la firma del mismo. Habiendo transcurrido mas de 3 años desde la firma del mismo, las partes acuerdan que el mismo podrá ser rescindido por cualquiera de las partes en el momento que consideren conveniente mediante comunicación fehaciente en dicho sentido realizada a la otra parte con dos meses de antelación de la pretendida resolución”.
4º.- En la fecha que se suscribió el contrato, de los 4159€ de costo mensual, 1676,82€ mensuales, un 40%, eran en concepto de conserjería y jardinería. Considerando que los gastos de jardinería no se están efectuando desde enero por razones ajenas a limpiezas Aldea y a la Comunidad, solicitamos se compense dicha cuantía de la forma que se acuerde, preferentemente con una limpieza general de los edificios.
5º.- El contrato suscrito con limpiezas Aldea le obliga a “mantener en perfecto estado de limpieza los servicios contratados” quedando en libertad la empresa para utilizar los procedimientos que estime mas adecuados, aunque ello lleve consigo una disminución de personal o tiempo. Consideramos que la reducción de personal y tiempo que se hizo no ha beneficiado a la Comunidad por las razones expuestas en el punto 2º.
6º.- Caso de no llegar a un acuerdo con limpiezas Aldea, sirva el presente escrito como comunicación fehaciente para poder rescindir el contrato en el caso de que así lo estime la Comunidad. Se solicita confirmación escrita de haber recibido esta comunicación fehaciente.
Por último señalar que, como Comunidad, deseamos reconducir esta situación y seguir contando con sus servicios siempre que exista el compromiso de cumplir lo pactado poniendo los medios y el personal necesarios.
Zaragoza, 10 de mayo de 2007

Algunas terrazas están causando daños a los pisos que están debajo de las mismas. En algunos casos se ha comprobado el mal uso que se hace de las mismas. Es incomprensible el peso con la que algunas están sobrecargadas, más de
Para evitar dudas, se adjunta copia de la escritura de obra nueva, --DE LA QUE SE DERIVAN TODAS LAS PARTICULARES--, respecto a quien corresponde el mantenimiento de la terrazas.