Puerta de terraza
en su estado original
El pasado octubre se publico la siguiente entrada en el blog:
"Además de ser unas puertas de acceso a las terrazas cedidas para el usufructo, tienen otra función muy importante: SON SALIDAS DE EMERGENCIA EN CASO DE INCENDIOY DEBEN PODER ABRIRSE DESDE LAS ESCALERAS DE LOS PORTALES.
Que cada cual asuma su responsabilidad. La Propiedad de las terrazas es de la Comunidad y caso de cualquier accidente, sería a la Comunidad a quien, en primera instancia, se le reclamarían responsabilidades. Caso de siniestro los péritos del seguro de la Comunidad, harían valer esta circunstancia para evitar cualquier pago de indemnizaciones. Debe adoptarse una resolución contundente en la Junta General que, al menos, exima de responsabilidad a la Comunidad."
En la Junta General de la Comunidad de propietarios celebrada el pasado 29 de noviembre de 2007, se manifesto por parte algun asistente que, según opiniones técnicas, no deben considerarse salidas de emergencia.
No esta en el ánimo del blog, polemizar con ningún vecino ni propietario, y por eso se retiro el apartado k) del documento que se presento a la Junta General señalada en el punto anterior. El apartado k) decía textualmente:
"k) Recientemente se ha podido comprobar que, ante situaciones de urgencia y emergencia, al intentar acceder a alguna de las terrazas por los accesos de las escaleras de los distintos portales, las puertas estaban bloqueadas y cerradas. Ha sido imposible entrar con las llaves que, para estos casos dispone la Comunidad. Ello ha supuesto un mayor perjuicio para la Comunidad al no poder atajar y solucionar los problemas causantes de los daños con mayor rapidez y prontitud. Por ello, esta Junta General de Propietarios de la Comunidad Vivaragón insta a los usufructuarios de las terrazas que hubieran podido hacer cualquier modificación en las cerraduras y puertas de acceso a las terrazas a reponer el cierre original para que, en situaciones de urgencia y emergencia se pueda acceder a las mismas con las llaves que dispone la Comunidad. Caso de cualquier accidente y/o siniestro que pudiera derivarse del cierre de dichas puertas por elementos ajenos a su cerradura original, la Comunidad podrá ejercer cuantas acciones y actuaciones estime oportunas en defensa de sus intereses pudiendo hacer valer el contenido de la presente acta ante las instancias y órganos que considere oportunos. Por último, y respecto al cerramiento de estas puertas que, además, tienen la consideración de salidas de emergencia para evacuación en caso de incendio, la Junta General de la Comunidad Vivaragón delega en el Presidente y/o Junta de Gobierno que para que, previa notificación a los usufructuarios de las terrazas, hacer cuantas comprobaciones estimen oportunas del correcto funcionamiento de dichas salidas de emergencia y evacuación. En el caso de que cualquier usufructuario de la terraza exigiera que la notificación se realizara de manera fehaciente, los gastos que se originen serán por su cuenta. Esta autorización se mantendrá en vigor hasta que una nueva Asamblea General de Propietarios la anule, revoque o deje sin efecto."
La Comunidad se ha dirigido al servicio de Bomberos de Zaragoza y tras exponer el problema se nos ha manifestado tajante y rotundamente que "...hasta una gatera es una vía de emergencia...". Que como Comunidad, nos dirijamos a la Cooperativa y/o autor del proyecto para que, por escrito, nos diga que DICHAS SALIDAS NO TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE EMERGENCIA EN CASO DE SINIESTRO. Asi lo haremos. En tanto tenemos la pertinente contestación, pedimos a todos los usufructuarios de las terrazas que NO BLOQUEEN POR EL INTERIOR DICHAS PUERTAS.
No hay comentarios:
Publicar un comentario